Reformas legales acortarán el tiempo de inscripción para instalar clínicas y hospitales
Los diputados de la Asamblea Legislativa reformaron, con 48 votos a favor, el Código de Salud, y con 57 votos, la Ley del Consejo Superior de Salud Pública, para eliminar barreras burocráticas y acortar los tiempos de inscripción de establecimientos privados de servicio de salud. La aprobación se dio durante la sesión plenaria 77, y las modificaciones buscan facilitar la apertura y operación de servicios como laboratorios clínicos, gabinetes radiológicos, hospitales, clínicas de asistencia social, droguerías, farmacias, laboratorios farmacéuticos, gabinetes ópticos y laboratorios de prótesis dental, entre otros.
Según lo expuesto, las reformas a los artículos 14, 17 y 24 del Código de Salud buscan agilizar los trámites de autorizaciones. En paralelo, las modificaciones a la Ley del Consejo Superior de Salud y de las Juntas de Vigilancia de las Profesiones de Salud pretenden acotar los plazos de inscripción y adaptar el nombre de la ley. Las autoridades señalaron que, con la nueva dinámica, las inscripciones ya no serían estudiadas por la Junta de Vigilancia respectiva, que actualmente se reúne cuatro veces al mes, lo que ralentizaba el proceso.
El Ministerio de Salud (MINSAL) ha indicado que, además de cubrir las necesidades actuales de la población, varias normativas relacionadas con el tema requieren actualización para ajustarse a la realidad vigente desde hace décadas, dado que el Código de Salud data de abril de 1988 y la Ley del Consejo Superior está vigente desde agosto de 1958. Las reformas apuntan, según las autoridades, a modernizar el marco regulatorio y a simplificar procedimientos sin eliminar controles, aunque aún no se detallan criterios de elegibilidad, costos o plazos específicos.








