Publicada el: 28 de diciembre de 2025 :: 7:05 am

Se amplía plazo para sustituir unidades de transporte público y renovar permiso de línea

Se amplía plazo para sustituir unidades de transporte público y renovar permiso de línea

La Asamblea Legislativa reformó, con 57 votos a favor, las Disposiciones Transitorias para la sustitución de vehículos, refrenda de permisos, cambio de concesionario y permisionarios, ampliación de plazos y adopción de medidas provisionales, con el objetivo de garantizar la continuidad y mejora del servicio de transporte público.

Según la reforma, se establece un plazo de 18 meses para que los concesionarios y permisionarios sustituyan las unidades que cumplan 20 años de antigüedad en los años 2024, 2025 y 2026, de conformidad con la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Anteriormente, la regla aplicaba a unidades que cumplían ese periodo entre 2019 y 2023 y no realizaron la sustitución en la fecha correspondiente, cuando así lo indicó la normativa vigente.

La medida prevé que las unidades que cumplan 20 años durante la vigencia del decreto puedan seguir operando de forma provisional por un año, siempre que se demuestre que están en proceso de financiamiento o compra de una nueva unidad. La Dirección General de Transporte Terrestre deberá autorizar la operación previa presentación del comprobante de revisión técnica vehicular y de la documentación que respalde la gestión de financiamiento o adquisición, cumpliendo con los requisitos del Reglamento General de Transporte Terrestre.

Además, la reforma permite renovar la tarjeta de circulación o el permiso de línea en los casos en que, durante esos años, no haya sido posible realizar el trámite por distintas razones, aunque las unidades aún estuvieran dentro de su vida útil.

La norma también establece un plazo adicional de 18 meses, desde la entrada en vigor del decreto, para que las personas naturales o jurídicas a las que se les hayan transferido vehículos vinculados a una concesión o permiso de transporte público informen la situación a la Dirección General de Transporte Terrestre y soliciten la modificación de las condiciones autorizadas para la prestación del servicio. El traspaso de un permiso o concesión solo será permitido cuando el receptor ya sea un operador autorizado que preste el servicio en la misma ruta.

En estos casos, el Viceministro de Transporte deberá autorizar el traspaso mediante resolución y suscribir la modificación del contrato correspondiente, pudiendo incorporar en un solo contrato varias líneas vinculadas a los vehículos del solicitante, aplicando el plazo más favorable. Para solicitar el cambio se debe presentar el formulario correspondiente, la Tarjeta de Identificación Tributaria, el Documento Único de Identidad del representante legal, la documentación que acredite la personería jurídica vigente, el poder si procede, y copia del permiso de línea y de la tarjeta de circulación; en caso de sustitución del vehículo, también se debe presentar la documentación que pruebe la legítima tenencia de la nueva unidad.

Las reformas permiten que el Viceministerio de Transporte otorgue un plazo adicional de 18 meses a contratos de concesión vencidos en 2024 y 2025, o que vencerán en 2026, previa emisión de una resolución y de un informe técnico que verifique el cumplimiento de los requisitos de operación. Asimismo, seFacilita que quienes tengan autorizada una solicitud de traspaso y no hayan firmado el contrato correspondiente puedan acogerse a esta prórroga. La adquisición de vehículos y la prestación del servicio podrá realizarse de forma directa o mediante terceros.

La reforma también establece la suspensión temporal de procesos judiciales civiles y mercantiles que impliquen el embargo de unidades de transporte público colectivo durante la vigencia del decreto, y únicamente para los concesionarios y permisionarios beneficiados, según lo informado por las autoridades competentes.