Reformas a la Ley de Servicios Internacionales buscan atraer inversión y crear empleos
La Asamblea Legislativa aprobó, con 57 votos, enmendar la Ley de Servicios Internacionales para incentivar la inversión nacional y extranjera y generar empleo. Según el texto, las reformas buscan regular el establecimiento y funcionamiento de parques y centros de servicio, así como definir los beneficios y responsabilidades de las empresas que operen en esos parques.
Las modificaciones apuntan a garantizar un incremento de la inversión y a promover la ampliación de inversiones existentes, con el objetivo de reforzar la competitividad y la productividad del país. El marco legal actualizado permitirá que una misma empresa pueda desarrollar más de una actividad y actualizar los requisitos de inversión mínima y generación de empleo para calificar como usuarios directos o centros de servicios, de acuerdo con el contenido aprobado.
Entre las condiciones para calificar como usuarios directos que presten servicios de procesos empresariales en parques de servicios, se establecen inversiones mínimas y generación de empleo. En particular, las personas jurídicas, nacionales o extranjeras, deberán invertir al menos 150,000 dólares en activos durante los primeros seis meses de operaciones y generar un mínimo de 10 empleos permanentes. Asimismo, se fijan requisitos específicos para que los servicios médico-hospitalarios y de atención a ancianos y convalecientes puedan operar como usuarios directos dentro de estos parques.
Para los servicios médico-hospitalarios, se establece una inversión mínima de 1,000,000 de dólares en activos desde el primer año de operaciones, al menos 10 empleos permanentes, edificaciones de una superficie mínima de 4,000 metros cuadrados, un plan de negocios y el cumplimiento de normas de seguridad médico-hospitalaria. Estos criterios se aplican a proyectos destinados a tratamientos con intervención quirúrgica o sin ella, así como a servicios de medicina general y odontología.
En cuanto a la atención a ancianos y convalecientes, la normativa contempla una inversión mínima de 250,000 dólares desde el primer año de operación y la generación de 10 puestos de trabajo. Para los servicios de procesos empresariales, tecnologías de la información y cinematografía, las empresas deberán invertir al menos 250,000 dólares desde los primeros seis meses de operaciones, destinados a capital de trabajo y activos fijos, y generar como mínimo 20 empleos permanentes, contar con un contrato escrito por un periodo mínimo de seis meses y presentar un plan de negocios.
Para los servicios médico-hospitalarios que operen bajo la figura de centros de servicios, se exige una inversión mínima de 2,000,000 de dólares en activos fijos desde el primer año de operaciones, especialmente para proyectos enfocados en tratamientos médicos, quirúrgicos, medicina general y odontología, y generar al menos 15 empleos permanentes. Los centros de servicios dedicados a la atención de ancianos y convalecientes deben invertir 500,000 dólares en capital de trabajo y activos fijos, generar al menos 15 empleos permanentes desde el primer año y presentar un plan de negocios. Asimismo, los servicios especializados para aeronaves que deseen calificar bajo este régimen deben invertir un mínimo de 500,000 dólares en activos fijos y capital de trabajo y generar no menos de 50 empleos permanentes.
El texto señala que el incumplimiento de estos requisitos implicaría la pérdida de beneficios e incentivos fiscales correspondientes al año fiscal en que se verifique la irregularidad. Aún no hay una fecha de entrada en vigencia especificada en la versión publicada. Las reformas fueron promovidas con el objetivo de atraer inversión y generar empleo, dentro de un marco regulatorio que busca clarificar condiciones para distintos tipos de servicios dentro de parques especializados.








