Apoyo a iniciativa para eliminar la exigencia de apostillar documentos extranjeros en operaciones comerciales
La Comisión de Salvadoreños en el Exterior de la Asamblea Legislativa emitió un dictamen para reformar la Ley de Procedimientos Administrativos con el objetivo de eliminar la exigencia de apostilla o legalización de documentos extranjeros en operaciones comerciales y aduaneras. La propuesta apunta a agilizar trámites y facilitar el comercio exterior.
Según la iniciativa, impulsada por el Gobierno a través del Ministerio de Economía (MINEC), se propone incorporar el artículo 4-A para incluir en la normativa los procedimientos relacionados con operaciones comerciales o aduaneras y las compras públicas. Los diputados indicaron que la modificación podría ser incorporada si se aprueban los cambios en la próxima sesión plenaria.
Antes de emitir el dictamen, la asesora del despacho del MINEC, Martha Solís, explicó que la reforma busca simplificar gestiones aduaneras al eliminar exigencias innecesarias. Detalló que entre las modificaciones figura la posibilidad de que la Administración emita resoluciones provisionales para acelerar trámites mientras se presentan los documentos, con un plazo de 10 días hábiles para subsanaciones, periodo tras el cual la resolución se volvería definitiva.
Solís añadió que, si no se presentan los documentos dentro del plazo, la Administración podría suspender o revocar la resolución provisional. La normativa, indicaron, se aplicaría a toda la Administración Pública, incluidas las contrataciones del Estado.
El artículo 4-A propone que, cuando se trate de documentos públicos emitidos en el extranjero, la Administración Pública no exigirá su legalización o apostilla ni requerirá copias autenticadas o firmas manuscritas cuando dichos documentos se refieran directamente a operaciones comerciales o aduaneras, incluido el registro de productos. La norma también prevé un plazo máximo de 10 días hábiles para la presentación de documentos legalizados o apostillados solo en los casos en que una ley especial lo exija y cuando no esté cubierto por las excepciones previstas. Durante ese periodo, la Administración podría emitir una resolución provisional que se volvería definitiva una vez cumplido el requisito documental, y, si el interesado no presenta los documentos, la autoridad podría suspender o revocar la resolución.








