Presidencia de Balcázar declaró estado de emergencia en varios distritos de 14 regiones por lluvias intensas
Lima, 25 de febrero de 2026. El Gobierno declaró estado de emergencia en distritos de 14 regiones del país ante el peligro inminente generado por intensas lluvias, con el objetivo de proteger la vida y la salud de la población y resguardar la infraestructura productiva y los servicios básicos. La medida quedó oficializada mediante el Decreto Supremo Nº 025-2026-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, y tendrá una vigencia de sesenta días calendario.
Según la norma, la declaratoria abarca distritos de las provincias de Chachapoyas, Bongará, Luya y Rodríguez de Mendoza, en Amazonas; Huaraz, Bolognesi, Carlos Fermín Fitzcarrald, Huari, Huaylas, Pomabamba y Santa, en Áncash; Arequipa, Caravelí, Castilla, Caylloma, Condesuyos y La Unión, en Arequipa; y Cajamarca, Chota, Contumazá, Jaén, San Ignacio, San Miguel, San Pablo y Santa Cruz, en Cajamarca.
La medida también cubre provincias de Ica (Ica, Chincha, Nasca, Palpa y Pisco), Junín (Chanchamayo) y La Libertad (Trujillo, Ascope, Bolívar, Chepén, Julcán, Otuzco, Pacasmayo, Pataz, Sánchez Carrión, Santiago de Chuco, Gran Chimú y Virú). En Lambayeque alcanzaría a Chiclayo, Ferreñafe y Lambayeque; en Lima a Barranca, Cajatambo, Canta, Cañete, Huaral, Huarochirí, Huaura, Oyón y Yauyos; en Madre de Dios a Tambopata y Manu; y en Piura a Piura, Ayabaca, Paita, Sullana, Talara y Sechura. También comprende provincias del departamento de Puno (Puno, Azángaro, Carabaya, El Collao, Lampa, San Román y Sandia), en San Martín (Moyobamba, Bellavista, El Dorado, Huallaga y San Martín) y en Tumbes (Contralmirante Villar y Zarumilla).
La norma dispone la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, orientadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como a la respuesta y rehabilitación frente a los efectos de las lluvias intensas. Estas intervenciones estarán a cargo de los gobiernos regionales y locales involucrados, con la coordinación técnica y el seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil y la participación de los sectores competentes. La implementación de las intervenciones se financiará con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
De forma complementaria, el Ejecutivo declaró estado de emergencia en varios distritos de algunas provincias del departamento de Arequipa y en Ocucaje, distrito de la provincia de Ica, por impacto de daños ocasionados por intensas precipitaciones. Esta segunda medida quedó formalizada mediante el Decreto Supremo Nº 023-2026-PCM, también publicado en El Peruano, con una vigencia de sesenta días calendario.
En Arequipa, la declaratoria comprende distritos de las provincias de Arequipa, Caravelí, Castilla, Caylloma y Condesuyos; en Ica, el distrito de Ocucaje. La norma prevé la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, orientadas a la respuesta y rehabilitación frente a los daños registrados en viviendas, infraestructura educativa y de salud, servicios básicos, sistemas de riego y vías de transporte, entre otros. Además, establece facilidades para la recepción de bienes y servicios donados, como material médico, medicamentos, alimentos, prendas de abrigo, maquinaria, combustible y servicios logísticos, con el fin de atender con rapidez las necesidades de la población afectada.
Las autoridades señalan que la coordinación técnica y el seguimiento de las intervenciones se realizan entre los gobiernos regionales y locales, el Instituto Nacional de Defensa Civil y los sectores competentes, y que la financiación de estas medidas se cubrirá con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin afectar el Tesoro Público.








