Iniciativa para eliminar la exigencia de apostillar documentos extranjeros en operaciones comerciales recibe respaldos
La Comisión de Salvadoreños en el Exterior emitió un dictamen a favor de reformar la Ley de Procedimientos Administrativos (LPA) con el objetivo de eliminar la exigencia de apostilla o legalización en documentos extranjeros relacionados con operaciones comerciales y aduaneras, en un intento por agilizar trámites y fortalecer el comercio exterior. La iniciativa contempla la inclusión de un nuevo artículo 4-A, sujeto a la aprobación en la próxima sesión plenaria, y establece que la modificación sería aplicable a documentos públicos extranjeros vinculados a operaciones comerciales o aduaneras, incluyendo el registro de productos.
Antes de emitir el dictamen, los integrantes de la comisión escucharon a Martha Solís, asesora del despacho del Ministerio de Economía (MINEC), quien explicó que la reforma busca facilitar trámites aduaneros y eliminar requisitos considerados innecesarios. Entre las propuestas se prevé que la Administración pueda emitir resoluciones provisionales para acelerar trámites mientras se presentan los documentos, con un plazo de 10 días hábiles para subsanar; si no se cumplen, la resolución podría volverse definitiva. Adicionalmente, la normativa establecería que, si no se presentan los documentos dentro del plazo, la autoridad podrá suspender o revocar la resolución provisional, aplicando la medida a toda la Administración Pública, incluidas contrataciones del Estado.
El articulado plantea que el artículo 4-A dispone que, cuando se trate de documentos públicos emitidos en el extranjero, la Administración no exigirá legalización o apostilla ni copias certificadas o firmas manuscritas cuando los documentos se refieran directamente a operaciones comerciales o aduaneras, incluido el registro de productos. Asimismo, se especificaría un plazo máximo de 10 días hábiles para la presentación de documentos legalizados o apostillados únicamente en los casos que una ley especial lo exija de manera estricta y cuando no existan las excepciones previstas. Durante ese periodo, la Administración podría emitir una resolución provisional que quedaría definitiva al cumplirse el requisito documental, y si el interesado no presenta los documentos en el plazo, la autoridad podría suspender o revocar la resolución. La comisión sostuvo que, en caso de aprobarse, la norma se aplicaría a la totalidad de la Administración Pública.








