Cambios en la normativa facilitarán la creación de micro y pequeñas empresas
La Asamblea Legislativa aprobó, con 57 votos a favor, una reforma a la Ley de Fomento, Protección y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa para actualizar la normativa, facilitar la formalización de los negocios y ampliar las oportunidades de financiamiento y crecimiento para las micro y pequeñas empresas del país.
La cartera informó que el objetivo de la reforma es modernizar el marco legal que rige a las MYPE, sector que, según datos presentados ante los diputados, representa la gran mayoría del tejido productivo salvadoreño y desempeña un papel clave en la generación de empleo y la dinamización de la economía. El presidente de la Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (CONAMYPE), Paul Steiner, añadió que las micro y pequeñas empresas constituyen el 99.6 % del total de empresas y el 89.5 % de los empleadores formales activos en El Salvador.
Entre los cambios más relevantes, se actualizan los criterios para definir el tamaño de las empresas. Según la reforma, una microempresa pasa a ser aquella que registra ingresos anuales de hasta 500 salarios mínimos y cuenta con un máximo de 10 trabajadores. Las pequeñas empresas pueden tener ingresos de hasta 5,000 salarios mínimos anuales y una plantilla de hasta 50 empleados.
La norma también contempla la subdivisión de las microempresas en tres categorías: subsistencia, acumulación y expansión, con el objetivo de identificar con mayor precisión su nivel de desarrollo y diseñar políticas públicas acordes a sus necesidades. Las microempresas de subsistencia son aquellas con ventas anuales de hasta 57 salarios mínimos mensuales y hasta dos trabajadores; las de acumulación reportan ingresos superiores a ese umbral y hasta 300 salarios mínimos mensuales anuales, con entre tres y cuatro empleados; y las de expansión pueden alcanzar hasta 500 salarios mínimos mensuales anuales y contar con entre cinco y 10 trabajadores.
La reforma incluye además medidas para proteger a los pequeños negocios contra prácticas que afecten su sostenibilidad, como retrasos en pagos por parte de entidades públicas y privadas. Se establece un plazo máximo de 30 días para cancelar bienes y servicios proporcionados por una MYPE, y, en caso de incumplimiento, se prevén intereses. También se introduce el principio de proporcionalidad en trámites y costos administrativos para reducir cargas excesivas y facilitar la formalización.
En cuanto a coordinación y desarrollo local, se crea el Sistema de Representación y Consulta de las MYPE, para fortalecer la cooperación entre instituciones públicas, sector empresarial y actores territoriales, con la implementación y supervisión a cargo de CONAMYPE. Además, los gobiernos municipales deberán establecer Mesas Técnicas Representativas Locales, espacios de diálogo para promover proyectos y programas que impulsen el desarrollo económico en los territorios.
La reforma también prevé medidas de inclusión financiera, al exigir que el sector financiero fomente servicios y productos adaptados a las necesidades de las MYPE. La banca estatal y el Consejo Nacional de Inclusión y Educación Financiera promoverán instrumentos como sistemas de garantías, fideicomisos, arrendamiento financiero y capital de riesgo.








