Publicada el: 13 de febrero de 2026 :: 7:02 am

Gobierno promulga normas para combatir la inseguridad ciudadana

Gobierno promulga normas para combatir la inseguridad ciudadana

El Gobierno publicó hoy en el Diario Oficial El Peruano una serie de decretos legislativos orientados a fortalecer la lucha contra la inseguridad ciudadana, en el marco de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso de la República. Las medidas buscan mejorar la prevención, la respuesta penal y la gestión penitenciaria ante conductas delictivas y situaciones de emergencia, según la autoridad correspondiente.

Según el Decreto Legislativo Nº 1731, se modifica el Código Penal e incorpora el artículo 200-A para tipificar el delito de exigencia o requerimiento extorsivo como una conducta previa autónoma dentro del proceso extorsivo. La norma, que según sus textos pretende facilitar la intervención penal temprana y proteger a personas, familias, empresas, funcionarios y servidores públicos frente a amenazas, se aplica con el objetivo de prevenir y sancionar de forma más eficaz la extorsión.

El Decreto Legislativo Nº 1735 crea el Subsistema Especializado contra la Extorsión y sus delitos conexos. Esta medida, que según el texto busca optimizar la investigación, el procesamiento y las penas penales, pretende promover la celeridad y la efectividad de las actuaciones de los operadores de justicia, fortalecer capacidades y garantizar el respeto de derechos y garantías de las partes procesales, así como la protección de las víctimas. Su aplicación es obligatoria para operadores de justicia, personal administrativo, técnico y de asistencia a víctimas y testigos del sistema penal.

Con el Decreto Legislativo Nº 1733 se incorpora el artículo 280-A al Código Penal (aprobado por el Decreto Legislativo Nº 635) y la Cuarta Disposición Complementaria Final al Decreto Legislativo Nº 1688. Este dispositivo tiene como finalidad fortalecer la seguridad pública y penitenciaria mediante la tipificación del delito de suministro ilegal de servicios de telecomunicaciones en establecimientos penitenciarios y centros juveniles, además de optimizar los mecanismos de supervisión de las antenas ilegales instaladas en el ámbito de dichos establecimientos.

El Decreto Legislativo Nº 1734 añade el artículo 26-A a la Ley Nº 31061, Ley de Movilización para la Defensa Nacional y el Orden Interno, para establecer la reserva de información y documentos relativos a operaciones de persecución del delito efectuadas durante los estados de emergencia.

Por su parte, el Decreto Legislativo Nº 1736 modifica el Decreto Legislativo Nº 1343, que regula la promoción e implementación de cárceles productivas, para incorporar el Capítulo VIII, que regula el trabajo asistido externo. Este régimen se aplica a sentenciados por delitos de menor lesividad bajo el régimen semiabierto, con criterios de acceso, permanencia y supervisión orientados a facilitar la reinserción laboral y la adquisición de competencias acordes con el mercado de trabajo.

El Decreto Legislativo Nº 1737 fortalece el Régimen Cerrado Especial al incorporar una etapa de “Extrema Seguridad”, establecer criterios de permanencia y progresión y añadir un sistema de clasificación automática para personas privadas de libertad procesadas o sentenciadas por delitos de alta lesividad. También restringe la aplicación de ciertos beneficios penitenciarios de libertad anticipada y condiciona el egreso por redención de pena al cumplimiento de requisitos de supervisión judicial, entre otros cambios, y establece que la vestimenta de los internos sea proporcionada por la administración penitenciaria, salvo excepciones.