Prorrogan estado de emergencia en Madre de Dios, Perú, como parte de la lucha contra la criminalidad
El presidente José María Balcázar prorrogó por 60 días calendario el estado de emergencia en seis distritos del departamento de Madre de Dios para continuar las acciones contra la criminalidad y otras situaciones de violencia.
La medida fue aprobada mediante el Decreto Supremo N.° 093-2026-PCM y publicada en el diario oficial El Peruano. Rige desde el 16 de junio de 2026 en Tambopata, Inambari, Las Piedras y Laberinto, en la provincia de Tambopata; y en Madre de Dios y Huepetuhe, en la provincia de Manu.
Durante la prórroga, la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con apoyo de las Fuerzas Armadas. También determinará las zonas de intervención con base en inteligencia, indicadores, estadísticas, mapas del delito y otros instrumentos.
La norma precisa que la medida permitirá continuar con operaciones policiales contra la tala ilegal, la minería ilegal, el tráfico ilícito de drogas y delitos conexos. También incluye acciones frente a la delincuencia común y el crimen organizado que alteran el orden interno.
Además, durante la vigencia de la prórroga se aplicará lo dispuesto en el artículo 137 de la Constitución Política del Perú, sobre la restricción o suspensión del ejercicio de derechos constitucionales vinculados con la inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito, la libertad de reunión y la libertad y seguridad personales.
El decreto supremo establece que, para actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público, deberá solicitarse el permiso correspondiente ante las autoridades competentes. Las actividades que no sean masivas podrán realizarse sin permiso previo.
La intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectuará conforme al marco legal vigente sobre el uso de la fuerza y a los protocolos de actuación conjunta del Estado para la atención de mujeres y personas en condición de vulnerabilidad en contextos de intervención, detención o retención policial.
Dentro de los cinco días hábiles posteriores al término del estado de emergencia, el Comando de Coordinación Operativa Unificada informará al Ministerio del Interior sobre los resultados obtenidos.








