Ministerio del Interior aprueba características de pistolas eléctricas para el serenazgo
La Resolución Ministerial N° 0323-2026-IN, publicada en el Diario Oficial El Peruano, establece las características del equipamiento de defensa que deberá emplear el personal de serenazgo a nivel nacional. La medida fue aprobada por el Gobierno del presidente José María Balcázar y entra en vigor de forma obligatoria para las municipalidades provinciales y distritales que cuenten con serenazgo, según el documento oficial.
Según la resolución, los medios de defensa autorizados para el personal de serenazgo son seis: grilletes de seguridad, escudos, bastones tonfa, aerosoles de pimienta, chalecos antibalas y pistola eléctrica o de electrochoque. El objetivo declarado es prevenir y disuadir la comisión de delitos y faltas en el marco de las funciones de seguridad ciudadana. En cuanto al financiamiento, la resolución señala que correrá por cuenta del presupuesto institucional de las entidades competentes y no requerirá recursos adicionales al Tesoro Público, según lo informado por la autoridad regulatoria.








