Comisión Política respalda ratificación de reforma constitucional para habilitar cadena perpetua
La Comisión Política emitió un dictamen favorable para ratificar la reforma al artículo 27 de la Constitución de la República, con la que se habilitaría la pena de cadena perpetua para condenados por homicidio, violación y terrorismo. La aprobación de la modificación exige la ratificación de las tres cuartas partes de la Asamblea Legislativa, además de la armonización de cuatro normativas secundarias para su implementación, según informó la cartera oficial.
El pasado 17 de marzo, la Asamblea aprobó la reforma al artículo 27 con 59 votos; sin embargo, para hacer efectiva la cadena perpetua es necesario que el cambio obtenga la aprobación de tres cuartas partes del pleno. También se deben armonizar el Código Penal, la Ley Especial contra Actos de Terrorismo, la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres y la Ley Penal Juvenil.
Antes de emitir el dictamen, la Comisión Política llevó a cabo cuatro sesiones de trabajo en las que los legisladores analizaron la propuesta y escucharon la opinión técnica de funcionarios del Gabinete de Seguridad, de la Fiscalía General de la República, de la Sala de lo Penal y de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia. Todas las instancias consultadas recomendaron continuar con el proceso de ratificación de la enmienda constitucional.
El presidente de la Asamblea Legislativa y de la comisión, Ernesto Castro, afirmó que la decisión de aprobar estas enmiendas responde a una postura del Estado para enfrentar con mayor severidad delitos como violación, homicidio y terrorismo. Destacó que el proceso ha contado con respaldo técnico e institucional y con un amplio apoyo legislativo, reflejado en los 59 votos a favor de la reforma. Castro dijo que existen sectores que, a su juicio, buscan “confundir” a la población con un lenguaje que no facilita la claridad sobre el alcance de las modificaciones. Señaló que, mientras algunas voces proponen debatir la reducción de la dureza de las penas, la mayoría de la población salvadoreña respaldaría medidas más estrictas contra estos delitos.
Castro afirmó que la cadena perpetua es una respuesta necesaria para evitar la reincidencia, al recordar que en el pasado condenados por delitos graves recuperaron su libertad y volvieron a delinquir. “Si no quieren cadena perpetua, que no violen, que no asesinen, que no sean terroristas”, añadió, al reiterar que quienes cometen estos crímenes no deberían regresar a las calles. También señaló que los cambios a las normativas refuerzan la estrategia de seguridad impulsada por el Gobierno, la cual, dijo, ha mostrado resultados positivos y cuenta con respaldo popular. El legislador recordó que el país está próximo a conmemorar un nuevo aniversario del régimen de excepción vigente desde el 27 de marzo de 2022, y calificó la aprobación de estas herramientas como una de las decisiones más importantes en materia de seguridad.
En relación con posibles ajustes al texto, el diputado Caleb Navarro solicitó modificar el artículo 66 del Código Penal para incorporar un inciso final que establezca que los cómplices en delitos sancionados con prisión perpetua reciban la misma pena que los autores, y el artículo 68 para que, en delitos tentados con prisión perpetua, la pena se fije desde la mitad del plazo hasta el periodo previsto para la primera revisión. También propuso que las reformas entren en vigor 30 días después de su publicación en el Diario Oficial.
Para aplicar la cadena perpetua y endurecer las penas, la reformulación exige cambios en varias normas. En el Código Penal se propone afectar 10 artículos, entre ellos los 128, 129, 158, 159 y 162, para imponer la prisión perpetua en delitos como homicidio simple y agravado, violación, violación de menores o incapacitados y agresión sexual agravada. Además, se incorporarían nuevos artículos: el 85-A, que establece la posibilidad de libertad controlada una vez cumplido el plazo definido según el delito, y los 92-B y 92-C, que regulan la revisión de la pena: 25 años tras un delito cometido por un menor, 30 años para un solo delito, 35 años para varios delitos y 40 años cuando exista agravante o extrema gravedad.








