Publicada el: 13 de mayo de 2026 :: 7:41 am

Dictamen a favor de reformas para crear circunscripción electoral de la diáspora

Dictamen a favor de reformas para crear circunscripción electoral de la diáspora

La Comisión Política de la Asamblea Legislativa dictaminó a favor de reformar las leyes secundarias orientadas a regular la nueva circunscripción especial para los salvadoreños residentes fuera del país, creada tras las recientes modificaciones a la Constitución de la República.

Dicha modificación contempla cambios al Código Electoral, la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero y la Ley de Partidos Políticos, con el propósito de establecer el mecanismo mediante el cual la diáspora elegirá a sus representantes en la Asamblea Legislativa.

Los parlamentarios escucharon las opiniones técnicas de la viceministra de Relaciones Exteriores, Adriana Mira, la viceministra de Diáspora y Movilidad Humana, Patricia Godínez, además del director ejecutivo del Registro Nacional de las Personas Naturales, Fernando Velasco, y la presidenta del Tribunal Supremo Electoral, Roxana Soriano.

Los cambios que se aplicarían en las tres normativas
Reformas al Código Electoral
En las reformas al Código Electoral se propone incorporar seis diputaciones propietarias y sus suplentes para la circunscripción en el extranjero. Estas curules surgirían de la redistribución de escaños de los departamentos con mayor población. Como resultado, San Salvador reduciría su representación de 16 a 11 diputados, mientras que La Libertad pasaría de siete a seis parlamentarios. La propuesta establece que la asignación de escaños se desarrollará mediante el método D’Hondt. Según este método, podrán participar en la distribución de diputaciones los partidos y candidatos no partidarios que hayan obtenido votos válidos en la circunscripción donde compitieron, ya sea departamental o en el exterior. El mecanismo funcionaría dividiendo el total de votos obtenidos por cada partido entre 1, 2, 3 y así sucesivamente, hasta completar el número de diputaciones disponibles en cada circunscripción. Posteriormente, los resultados se ordenarán de mayor a menor y los escaños serán asignados a quienes obtengan los números más altos. A pesar de las modificaciones, la normativa mantiene que la Asamblea Legislativa continuará integrada por 60 diputados propietarios y el mismo número de suplentes. Además, establece que cada circunscripción deberá contar, como mínimo, con dos diputados propietarios y dos suplentes.

Ley del sufragio en el extranjero: Asignación de votos y uso de documentos sin importar vigencia
Respecto a lo expuesto por los diputados, en la ley del sufragio en el extranjero —creada en noviembre de 2022— recaerían cambios en los artículos 3, 4 y 5. En el artículo 3 de la ley recae la vigencia del DUI y del pasaporte. Para ejercer el sufragio no será necesaria la validez de ninguno de los dos documentos. Tampoco importará si son emitidos dentro o fuera del territorio nacional. Sobre la asignación de los votos de la diáspora, en el artículo 4 se contempla que en la elección de presidente y vicepresidente de la República estos serán a la circunscripción nacional. Mientras que, para la elección de diputados del Órgano Legislativo, los connacionales que tengan en su DUI el domicilio del país donde residen asignarían su voto a la circunscripción en el extranjero. Lo mismo ocurrirá si utilizan el pasaporte – vencido o no – como identificativo. Por otro lado, si los miembros de la diáspora tienen en su DUI la dirección de alguna zona de El Salvador su voto será asignado al domicilio contenido en dicho documento. El director ejecutivo del RNPN señaló que la modificación anterior busca otorgar “certeza jurídica” sobre la asignación del voto y evitar que los sufragios emitidos desde el extranjero sigan concentrándose en una sola circunscripción, como ocurría anteriormente con San Salvador. Finalmente, la reforma al inciso 1° del artículo 5 de la ley da derecho a que los salvadoreños domiciliados en el extranjero se postulen a cargos de elección popular para las elecciones presidenciales, de diputados y de miembros a concejos municipales, siempre que cumplan con todos los requisitos que establecen las leyes electorales.

Reformas Ley de Partidos Políticos
Para habilitar la circunscripción en el extranjero también se propone reformar la Ley de Partidos Políticos. Los cambios principales se concentran en el artículo 37, que establece que las elecciones internas deberán realizarse mediante voto libre, directo, igualitario y secreto de los afiliados inscritos en cada circunscripción territorial y en el extranjero. El anteproyecto de ley también incorpora oficialmente cuatro tipos de circunscripciones partidarias: nacional, departamental, municipal y en el extranjero. Esta última permitirá a los salvadoreños residentes fuera del país participar en la elección interna de candidaturas presidenciales y de diputaciones de representación de la diáspora. Además, la propuesta habilita la conformación de coaliciones partidarias en la circunscripción del extranjero y mantiene la obligación de que las planillas legislativas incluyan al menos un 30 % de participación de mujeres, criterio que también aplicará para las candidaturas de la diáspora.

Presidente Asamblea
Durante la discusión de las reformas electorales, el presidente de la Asamblea Legislativa, Ernesto Castro, explicó que los ciudadanos que tengan DUI con dirección en el exterior podrán ejercer el voto remoto por internet durante un período de 30 días, tal como lo establece la legislación vigente. Asimismo, indicó que los salvadoreños podrán votar por los candidatos y partidos políticos de su preferencia dentro de la nueva circunscripción. Castro sostuvo que la reforma también abre la posibilidad para que los partidos políticos presenten candidatos que representen directamente a la diáspora. “El fondo de esto es que los salvadoreños en el exterior puedan postularse y representar a nuestros hermanos que viven fuera del país”, expresó. Además, destacó que con la nueva normativa los votos emitidos desde el extranjero dejarán de asignarse automáticamente al departamento de San Salvador y pasarán a conformar una representación legislativa propia.

El punto de vista de RNPN y Cancillería
El director ejecutivo del Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN), Fernando Velasco, expuso ante la Comisión Política los principales alcances de las reformas al Código Electoral, la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero y la Ley de Partidos Políticos, destacando que el Documento Único de Identidad (DUI) será la base del nuevo modelo de representación electoral para la diáspora. Durante su intervención, el funcionario señaló que las tres reformas responden al mandato del presidente Nayib Bukele de garantizar servicios accesibles para los salvadoreños dentro y fuera del país. Agregó que la emisión del DUI en el exterior ha registrado un crecimiento del 169 % en la emisión de DUI para salvadoreños residentes fuera del país durante la administración del presidente Nayib Bukele. Según los datos expuestos, entre el 15 de septiembre de 2006 y el 10 de mayo de 2026 se han emitido 1,715,816 DUI en el exterior. De ese total, 1,048,623 documentos, equivalentes al 61.12 %, fueron extendidos durante los últimos siete años de la actual administración, mientras que 667,193 fueron emitidos en los 12 años anteriores. Según las cifras presentadas por el RNPN, hasta el 10 de mayo de 2026 se contabilizaban 962,678 DUI con dirección en el exterior, de los cuales 854,122 se encuentran vigentes y 108,556