Publicada el: 2 de marzo de 2026 :: 7:17 am

Plazo para cambiar domicilio en DUI para elecciones de 2027 se prolonga

Plazo para cambiar domicilio en DUI para elecciones de 2027 se prolonga

La Asamblea Legislativa aprobó, con 59 votos, una Disposición Transitoria para Extensión de Plazos para el Cambio de Domicilio en el Documento Único de Identidad (DUI) para las elecciones de 2027, ante el vencimiento del plazo para actualizar la dirección en el DUI el 27 de febrero de ese año, tanto para residentes dentro como fuera del país. La medida busca ampliar el periodo para efectuar cambios de domicilio.

Según el Código Electoral, el artículo 20 establece que las actualizaciones de residencia en el registro electoral deben suspenderse un año antes de la fecha de las elecciones generales, que se realizarán el 28 de febrero de 2027. En ese marco, se indica que los ciudadanos deben reportar su cambio de domicilio al Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) mediante una declaración jurada, lo que conlleva la emisión de un nuevo DUI; el plazo previsto para realizar este trámite sería de 10 meses a partir de la entrada en vigencia de las disposiciones.

El RNPN debe emitir de inmediato un aviso al Tribunal Supremo Electoral (TSE) para cambiar el lugar de votación del ciudadano, de acuerdo con el artículo 25 de la normativa citada. El proceso, según la delimitación de la Disposición Transitoria, busca garantizar que las modificaciones de domicilio queden registradas antes de la convocatoria electoral.

La convocatoria electoral programada para 2027 prevé la elección de presidente y vicepresidente de la República, diputados de la Asamblea Legislativa, y alcaldes y concejos municipales. En cuanto a los salvadoreños residentes en el extranjero, la misma sesión legislativa aprobó, con 59 votos, una Disposición Transitoria para Extensión de Plazos para Cambio de Domicilio en el DUI para personas en el extranjero, que establece que la actualización de datos podrá hacerse 90 días antes de los comicios, en lugar de un año antes.

El decreto señala, además, que, en caso de existir una segunda vuelta presidencial, no podrá haber modificaciones ni plazos ajenos al establecido para el proceso electoral.