Modifican ley para reforzar los controles sanitarios y la certificación de alimentos
Las enmiendas buscan dar certeza jurídica a productores, importadores y otros usuarios sobre las atribuciones vinculadas con la certificación sanitaria y la supervisión de estos productos.
También precisan las competencias del Ministerio de Agricultura y Ganadería en la certificación y vigilancia de alimentos de origen animal. El artículo 4 fue ampliado para facultar a esa cartera a certificar la elaboración de productos avícolas, porcinos, bovinos, lácteos y sus mezclas, miel de abeja, ovoproductos y productos acuícolas y pesqueros.
El ministerio podrá certificar establecimientos nacionales y extranjeros que elaboren esos productos, además de aplicar medidas de control, validación, verificación y vigilancia sanitaria. La reforma incorpora una disposición sobre alimentos cárnicos, lácteos, miel de abeja, ovoproductos, acuícolas y pesqueros, con medidas de equivalencia basadas en normativa internacional y en acuerdos comerciales ratificados por El Salvador.
Los diputados también añadieron una disposición específica para los productos lácteos y sus mezclas, que deberán regirse por el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.04.65:12 sobre el uso de términos lecheros.








