Publicada el: 24 de enero de 2026 :: 6:42 am

Ministerio autoriza exportación directa de lana sin procesar y señala objetivo de fortalecer la competitividad del sector ovino

Ministerio autoriza exportación directa de lana sin procesar y señala objetivo de fortalecer la competitividad del sector ovino

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) autorizó, mediante la Resolución 44/2026, la creación de un esquema que facilita la exportación directa de lana sucia desde los establecimientos pecuarios. La resolución reconoce formalmente a las denominadas “Barracas de Campo” y permite a los productores acopiar su lana en el establecimiento y acceder de forma más directa a mercados externos, siempre bajo control sanitario oficial.

Según el SENASA, la medida responde a una necesidad productiva planteada por el sector. La lana sucia es un producto no apto para consumo humano destinado exclusivamente a la industrialización, por lo que el marco instaurado ajusta las exigencias sanitarias al riesgo real involucrado, sin afectar el estatus sanitario general del país. En ese sentido, las reglas buscan ser más razonables y acordes a la realidad de los productores, a la vez que satisfacen las demandas de los mercados importadores.

Entre los beneficios anunciados, se destacan la simplificación administrativa y la reducción de intermediaciones. La normativa autoriza el traslado de la lana sucia desde el establecimiento rural directamente a los Puestos de Control de Frontera mediante el Documento de Tránsito electrónico (DT-e), con lo que se acortan tiempos y se optimiza la operatoria logística. El SENASA mantiene la certificación sanitaria final, pero dentro de un marco más ágil y eficiente.

Con la medida, el Estado refuerza su papel como facilitador del desarrollo productivo. La nueva normativa busca mejorar la competitividad del sector lanero, reducir costos operativos y ampliar las posibilidades de exportación, especialmente para pequeños y medianos productores. Al mismo tiempo, se fortalece un sistema sanitario moderno, trazable y confiable que protege la sanidad animal y potencia el valor de la producción ovina argentina en los mercados internacionales.

A partir de la norma, las Barracas de Campo deben inscribirse obligatoriamente en el Sistema Único de Registro (SUR) del SENASA. Asimismo, se autoriza que la lana sucia pueda salir directamente del establecimiento rural hacia la exportación, utilizando el Documento de Tránsito electrónico (DT-e) y pasando por un Puesto de Control de Frontera, donde se expedirá el Certificado Sanitario de Exportación Definitivo, siempre que el país de destino lo permita y no existan observaciones sanitarias.